¿Puede la FGR citar a comparecer a Maru Campos pese al fuero constitucional?

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El fuero protege contra procesos penales y detenciones, pero no impide que una gobernadora declare dentro de una investigación federal

Ciudad Juárez, Chih. (ADN/Staff) – El citatorio emitido por la Fiscalía General de la República (FGR) contra la gobernadora de Chihuahua, María Eugenia Campos Galván, abrió nuevamente el debate jurídico sobre los alcances reales del fuero constitucional de los mandatarios estatales.

Especialistas en derecho constitucional, consultados por ADN A Diario Network, coinciden en que el fuero no impide que una gobernadora pueda ser llamada a comparecer, declarar o aportar información dentro de una investigación federal, siempre y cuando no exista una imputación formal en su contra.

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En términos legales, el fuero constitucional protege principalmente contra la detención, el ejercicio de acción penal y el sometimiento a proceso penal sin cumplir previamente con el procedimiento constitucional correspondiente.

Esto significa que la FGR sí puede citar a una gobernadora para que rinda declaración en calidad de testigo, persona relacionada con los hechos o fuente de información dentro de una carpeta de investigación.

El fuero no representa inmunidad absoluta ni bloquea actos ministeriales de investigación que no impliquen una acusación penal formal.

En el caso específico de los gobernadores, el artículo 111 de la Constitución establece un régimen especial para proceder penalmente contra ellos por delitos federales.

Para imputar formalmente a un gobernador, solicitar una orden de aprehensión o iniciar un proceso penal, la Fiscalía necesitaría primero una declaración de procedencia aprobada por la Cámara de Diputados y la intervención del Congreso local correspondiente.

Sin embargo, mientras la persona no tenga calidad de imputada, la autoridad ministerial puede realizar diligencias como:

  • solicitar comparecencias,
  • requerir documentos,
  • pedir información oficial,
  • o realizar entrevistas ministeriales.

En ese contexto, el citatorio recibido por Maru Campos no implica automáticamente un proceso penal en su contra ni significa que haya perdido la protección constitucional derivada de su cargo.

La comparecencia podría realizarse únicamente para aportar información relacionada con las investigaciones abiertas por la FGR sobre el operativo efectuado en la Sierra Tarahumara y la presencia de civiles extranjeros durante esas acciones.

Tras recibir la notificación, la gobernadora sostuvo que acudiría a declarar y cuestionó el impacto político del procedimiento.

“Con todo respeto, que sean ustedes los portadores de malas noticias para el estado de Chihuahua, para eliminar la institucionalidad y para dañar a los chihuahuenses”, declaró.

No obstante, constitucionalmente el citatorio ministerial no implica por sí mismo una afectación a la institucionalidad del estado, ya que forma parte de las facultades legales de investigación de la FGR y no constituye una acción penal formal ni una medida coercitiva contra la titular del Ejecutivo estatal.

Hasta el momento, la Fiscalía General de la República no ha informado públicamente si la gobernadora comparecerá como testigo, persona relacionada con los hechos o bajo alguna otra figura jurídica dentro de la investigación federal. Lo que es un hecho, es que no va en calidad de imputada.

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