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    abril 23, 2024 | 23:08

    La Expropiación de Ferro Sur: Una Lección a la Falta de Seriedad de Germán Larrea

    Publicado el

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    “¿Por qué es tanto, y cuál es, el interés de los opositores y de los neoliberales empresarios en detener completamente las obras de infraestructura de los proyectos vitales de la administración del presidente López Obrador, a los que se suma la SCJN?”

    Hablar de “pasarse de listo” es una locución verbal que utilizamos para señalar a alguna persona que intenta mostrarse más inteligente que los demás y al final resulta estar equivocada. La utilizamos especialmente cuando alguien intenta obtener beneficios injustos sobre bienes que no corresponden a su valor solicitado. Se actúa con plena intención, con una ventaja necia y perversa, pensando que los demás son tontos o poseen un aliento de ignorancia, considerándolos inferiores.

    Difícilmente puede establecerse con más precisión la naturaleza de esta conducta de “pasarse de listo”. En primer lugar, se intenta demostrar superioridad intelectual sobre los demás para luego encontrarse en una situación comprometida al estar equivocado o confundido en las apreciaciones o actuaciones. El mal consejo, el poderío o las relaciones, junto con las malas compañías, conducen a la actitud de “pasarse de listo” inducida por la idea de que “los tienes agarrados de nobles partes”.

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    El señor Germán Larrea Mota Velasco, Director Ejecutivo de Grupo México, intentó “pasarse de listo” ante los acuerdos que ya se habían tomado en la mesa de negociaciones entre Grupo México (Ferrosur) y el Gobierno Federal de la 4T. Repentinamente, cambió de parecer y comenzó a intentar chantajear al gobierno, que estaba dispuesto a pagarle una buena suma por el término de la CONCESIÓN FEDERAL. Esto se debía a que el gobierno iba a proceder legalmente a finiquitar los acuerdos y, de repente, el Sr. Larrea decidió romper la comunicación con el gobierno.

    Germán Larrea Mota Velasco inició negociaciones con la 4T desde que se le otorgaron las obras de construcción del TRAMO 5 del TREN MAYA en febrero de 2021. Sin embargo, estas obras tuvieron que ser retiradas en marzo de 2022 debido a que estaban sumamente atrasadas en los plazos establecidos, lo que buscaba incrementar el presupuesto y tomar el control de ese tramo la Secretaría de la Defensa, que hasta hoy es la encargada de su construcción.

    Desde entonces, se iniciaron las negociaciones con Germán Larrea Mota Velasco, ya que los tramos que tiene CONCESIONADOS son vitales para llegar al puerto de Coatzacoalcos y darle salida al Golfo de México a las mercancías provenientes del Pacífico, con destino principalmente a los Estados Unidos y a los estados del norte.

    Grupo México, de Germán Larrea, ha crecido al amparo de los gobiernos priistas de Carlos Salinas de Gortari y Ernesto Zedillo. Incluso, en tono molesto, alguna vez preguntó el presidente López Obrador: “¿Quiénes son los de Grupo México?” Respondiéndose así mismo el presidente, pues son los que recibieron los Ferrocarriles Nacionales en la época de Zedillo. ¿Quién es Grupo México? Pues son aquellos a quienes Salinas les entregó la minera Cananea. Recordemos que Cananea es una riqueza en cobre.

    Sin dejar de mencionar los siniestros mortales que ha tenido el Grupo Minero México, donde han actuado con prepotencia para eludir responsabilidades con sus trabajadores, y no se diga con el medio ambiente.

    Germán Larrea Mota Velasco entendía muy bien que sus tramos ferroviarios concesionados, que forman la parte final del Corredor Interoceánico que conecta Salina Cruz con Coatzacoalcos y Minatitlán, son vitales para el proyecto integrador del Corredor Interoceánico-Refinería Dos Bocas-Tren Maya. Consideró que tenía la sartén por el mango, olvidándose de dos cosas fundamentales que no consideró: la primera es que es una concesión federal, y la segunda es que el presidente con quien negocia es Andrés Manuel López Obrador.

    La Ley Reglamentaria del Artículo 28 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece claramente lo que es una concesión de un servicio público. Dice lo siguiente:

    Artículo 16 de la LR. Por el acto de concesión, la Administración Pública Federal, a través de la autoridad concedente, encomienda temporalmente a un particular la prestación de un servicio público bajo el control de la autoridad concedente, por cuenta y riesgo del concesionario, teniendo el derecho a obtener una contraprestación mediante las tarifas percibidas de los usuarios.

    ¿Cuándo se puede dar por terminada anticipadamente la concesión?

    Artículo 42 de la LR. La declaratoria de rescate extingue la concesión antes del plazo fijado, y sin que medie incumplimiento alguno por parte del concesionario, asumiendo la autoridad concedente la prestación directa del servicio público.

    La facultad de declarar el rescate de la concesión del servicio público corresponde exclusivamente al Ejecutivo Federal, a través de la Administración Pública Federal.

    Para la declaratoria de rescate, se seguirán las mismas formalidades que se exigen para la declaratoria de expropiación.

    La declaratoria de rescate de una concesión abarcará toda la actividad concesionada.

    Ahora bien, la expropiación es un instrumento establecido en el Art. 27 Constitucional y en la Ley de Expropiación, que busca lograr el equilibrio entre el interés público y el interés de los propietarios. Uno de los elementos fundamentales para alcanzar este equilibrio es garantizar que la expropiación sólo puede llevarse a cabo mediante indemnización.

    La garantía social de expropiación, preceptuada en el artículo 27 constitucional, establece el derecho del Estado a realizar expropiaciones sobre bienes considerados de utilidad pública y para el bien de la nación.

    Por lo tanto, la expropiación es un instrumento establecido en el derecho público mediante el cual el Estado, con el fin de utilidad pública (declarada por ley), priva coercitivamente al titular de la propiedad de un bien, a través de un determinado procedimiento, pagando una indemnización previa, justa y única en su totalidad.

    El Art. 4o de la Ley de Expropiación establece que se procederá a la expropiación previa declaración de utilidad pública a la que se refiere el artículo anterior.

    Es facultad exclusiva del Ejecutivo Federal la declaratoria de expropiación, ocupación temporal o limitación de dominio, y se hará mediante decreto firmado por el Ejecutivo Federal, el cual se publicará en el Diario Oficial de la Federación.

    Germán Larrea ya había aceptado la liquidación de su concesión federal en los términos acordados en las negociaciones. Los malos consejos y las malas compañías de aquellos que quieren detener las obras en el sureste han llevado a que el gobierno, bajo la misma tónica, lo obligue a regresar a negociar y terminar esa concesión federal sin resultar perjudicado.

    Entendemos que el concepto de utilidad pública se refiere a todo aquello que satisface una necesidad generalmente sentida, o la conveniencia del mayor número, con la finalidad de maximizar el bienestar general. La utilidad pública se refiere a aquella actividad, bien o servicio que es de beneficio o interés colectivo, ya sea para los ciudadanos de un país o, a mayor escala, para la humanidad en su conjunto. No existe un concepto único y general, pero su idea central es el beneficio de un amplio sector de la sociedad.

     ¿Qué buscaba Germán Larrea?

    Los cobros de derechos de vía crecientes por el resto del tiempo que le queda a su concesión de esos tramos de vías de ferrocarril, buscando establecer el cobro de derechos de vía de forma unilateral, creciente sin negociación, y así lo establecía el mismo Germán Larrea en la misma mesa de negociaciones.

    Hay que recordar que esos tramos de vía concesionados fueron construidos por Ferrocarriles de México desde la época en que era una empresa nacional y que íntegramente, mediante el instrumento de concesión, le fueron entregados en primera instancia a Carlos Slim, quien a su vez traspasó la concesión a Germán Larrea. Por lo tanto, Ferro Sur (Grupo México) se constituyó legalmente como empresa sobre un bien de la Nación concesionado. Las vías del ferrocarril no son propiedad de Germán Larrea, son propiedad de la Nación y se construyeron con recursos públicos.

    Con todo esto, debido a su poca seriedad y a haberse levantado de la mesa de negociaciones, Germán Larrea suma su interés opositor de intentar frenar la obra del Corredor Interoceánico. Cabe mencionar que, si el gobierno federal no obtiene los tramos concesionados, no podrá avanzar con el tren que cruza el Corredor Interoceánico, conectando el puerto de Salina Cruz, Oaxaca, con el puerto de Coatzacoalcos, Veracruz. Larrea intentó utilizar esto como chantaje.

    Entonces, para terminar, la expropiación está perfectamente bien documentada en nuestras leyes. Es una facultad única del Ejecutivo Federal y un recurso constitucional cuando hay una causa por el bien común o una necesidad estratégica para el país.

    Con la negativa de Germán Larrea se buscaba detener el avance del tren del Corredor Interoceánico. Ese fue parte del asunto, pero lo principal fue el chantaje para intentar obtener beneficios indebidos ante la necesidad del avance de las obras.

    “Como mexicanos bienintencionados, debemos estar muy molestos con la posición de la derecha opositora neoliberal y su servidumbre al defender el saqueo de las arcas nacionales al salir en favor de Germán Larrea Mota Velasco en este asunto que se trata de puro dinero. El señor Larrea solicitó 9,800 millones de pesos por el tramo de 120 km de vías, propiedad del país, cuando tiene en concesión, propiedad de los mexicanos, 22,000 kilómetros de vías férreas en todo el territorio nacional.”

    sabido

    Egresado de la Facultad de Comercio y Administración por la Universidad Autónoma de Tamaulipas. Su desarrollo profesional ha sido en empresas privadas en posiciones directivas donde a logrado acumular 42 años de servicio.


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