Un recuento periodístico documenta homicidios de creadores en ocho estados, sin que exista una estadística oficial que atribuya todos al narcotráfico.
Ciudad Juárez, Chih. (ADN/Staff) – Un recuento periodístico identificó al menos 19 creadores de contenido asesinados en México entre 2024 y agosto de 2026, pero la cifra no constituye una estadística oficial ni demuestra que todos los homicidios hayan sido ordenados por organizaciones del narcotráfico.
El registro reúne casos ocurridos bajo circunstancias diferentes y con víctimas dedicadas a contenidos de moda, entretenimiento, seguridad, información policiaca, denuncia política, medio ambiente, automóviles y temas paranormales. Las investigaciones conocidas presentan posibles móviles distintos y, en varios expedientes, todavía no existe una autoría intelectual acreditada.
De acuerdo con el recuento, cuatro homicidios ocurrieron durante 2024, once en 2025 y cuatro en 2026. Sinaloa concentra ocho casos; Guerrero, tres; Jalisco y Nuevo León, dos cada uno, mientras Baja California, Chiapas, Morelos y Guanajuato registran uno por entidad.
La cifra de 19 fue elaborada mediante una revisión periodística y no proviene de una base homologada de la Fiscalía General de la República, del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública o de las fiscalías estatales. Tampoco existe una definición jurídica o administrativa uniforme sobre quién debe ser considerado influencer.
¿Qué representa realmente la cifra de 19?
El número contabiliza personas reconocidas por su actividad en redes sociales que fueron víctimas de homicidio, pero no clasifica los casos bajo una sola motivación criminal. El universo incluye desde creadores con amplias audiencias hasta administradores de páginas locales, comunicadores ciudadanos, comerciantes, activistas y personas conocidas principalmente dentro de sus comunidades.
La ausencia de una metodología oficial dificulta establecer cuántos seguidores debe tener una persona para ingresar al registro, si deben incluirse periodistas ciudadanos, familiares de creadores o empresarios cuya actividad principal no eran las plataformas digitales.
El propio recuento reconoce que no todas las víctimas tenían vínculos documentados con organizaciones delictivas. Algunos casos podrían estar relacionados con disputas territoriales, censura, extorsión, relaciones personales, venganzas privadas, delincuencia común o conflictos todavía sin esclarecer.
Afirmar que el narcotráfico asesinó a los 19 creadores atribuiría una autoría y un móvil que las autoridades no han establecido de manera individual. La formulación verificable es que un recuento periodístico registró al menos 19 homicidios de personas con presencia relevante en redes desde 2024.
Sinaloa concentra ocho homicidios del recuento
Ocho de los casos ocurrieron en Sinaloa, estado afectado por la confrontación entre las facciones conocidas como Los Chapitos y Los Mayitos. Un conteo más limitado relaciona al menos seis asesinatos de creadores con el periodo de esa disputa, aunque el nivel de conexión varía entre cada expediente.
En algunos casos, los nombres de las víctimas aparecieron previamente en panfletos anónimos; en otros existían relaciones familiares o sociales con personas señaladas públicamente, publicaciones vinculadas con personajes criminales o coincidencia territorial con las zonas de conflicto.
Ninguna de esas circunstancias demuestra por sí misma quién ordenó un homicidio. Los panfletos no son acusaciones ministeriales, no acreditan lavado de dinero ni vínculos criminales y tampoco permiten conocer con certeza quién los elaboró.
Los documentos anónimos pueden funcionar como propaganda, intimidación, desinformación o mecanismos para estigmatizar a personas antes de una agresión. Reproducir sus señalamientos como antecedentes comprobados implicaría convertir acusaciones sin sustento judicial en afirmaciones periodísticas.
Entre los nombres relacionados mediáticamente con la violencia en Sinaloa aparecen Leovardo Aispuro Soto, El Gordo Peruci; Jesús Miguel Vivanco García, El Jasper; Justin Paul, El Pinky; Adal Peña, El Tata, y César Gastélum. Sin embargo, los reportes disponibles no presentan para todos una resolución ministerial sobre el móvil, personas procesadas o una conexión judicialmente probada entre los asesinatos.
Fiscalía mantiene abiertas líneas en el caso de César Gastélum
César Gastélum fue asesinado el 4 de agosto de 2026 en el estacionamiento de un restaurante de Culiacán, mientras realizaba una transmisión en vivo. Los primeros reportes indican que dos personas se aproximaron en una motocicleta y una de ellas le disparó a corta distancia.
La Fiscalía de Sinaloa investiga el ataque como homicidio doloso, revisa el video de la transmisión, cámaras de vigilancia y la actividad profesional y digital de la víctima. Hasta ahora no ha informado públicamente qué organización habría ordenado el crimen ni ha establecido que alguna publicación específica provocara el ataque.
La actividad de Gastélum en redes forma parte de las líneas de investigación, pero eso no permite concluir que colaboraba con una facción criminal o que fue asesinado por apoyar a alguno de los grupos enfrentados.
El caso muestra la necesidad de diferenciar entre un contexto de violencia, un factor de riesgo, una línea de investigación, el móvil y la autoría. La presencia pública de una víctima puede ser relevante para el expediente sin convertirse automáticamente en la causa demostrada del homicidio.
Redes sociales amplían exposición y riesgos
Las plataformas digitales permiten construir audiencias, divulgar información sobre hechos violentos, denunciar abusos, exhibir relaciones, promover negocios y transmitir ubicaciones en tiempo real. Estas funciones pueden convertir a los creadores en actores relevantes dentro de territorios disputados por organizaciones criminales.
También existen señalamientos sobre el uso de influencers para difundir propaganda, promover estilos de vida relacionados con grupos delictivos o mover recursos de procedencia ilícita. No obstante, una fotografía, una relación personal, la exhibición de vehículos o un estilo de vida ostentoso no acreditan por sí mismos lavado de dinero o pertenencia criminal.
Para sostener una acusación financiera serían necesarias investigaciones bancarias, empresas fachada, beneficiarios finales, expedientes fiscales, sanciones o procesos judiciales. No existe evidencia pública de que la mayoría de las 19 víctimas participara en operaciones de blanqueo de capitales.
El registro también incluye casos con posibles motivaciones sentimentales, denuncias ambientales, críticas a autoridades o contenidos sin aparente relación con el narcotráfico. Agruparlos bajo una sola categoría elimina diferencias esenciales entre censura, propaganda, conflictos personales, violencia de género, delincuencia común y disputas criminales.
La transmisión en vivo puede generar vulnerabilidades adicionales al revelar rutinas, ubicaciones, vehículos, acompañantes y lugares frecuentados. Reconocer esos riesgos no implica responsabilizar a las víctimas, sino identificar medidas de seguridad digital para personas que cubren asuntos de violencia, política o denuncia social.
La actividad de influencer tampoco otorga automáticamente acceso al Mecanismo de Protección para Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas. Un creador podría ser elegible cuando realiza labores informativas, documenta abusos, investiga delitos o desarrolla activismo, dependiendo del contenido, el nivel de amenaza y su función social.
El recuento de 19 homicidios permite dimensionar la exposición de los creadores digitales, pero no sustenta la existencia de una sola campaña criminal contra ellos. Cada caso requiere establecer por separado el móvil, los responsables materiales, la autoría intelectual y la posible relación entre la actividad en redes y el ataque.
Con información de El Universal y Agencias

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