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    abril 20, 2024 | 20:16

    Vehículos Ilegales

    Publicado el

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    Recientemente el tema de vehículos ilegales (conocidos como “chocolates” también) ha estado mencionándose de manera constante.

    Se han mencionado temas como la regularización (generalizada como legalización), operativos de verificación de mercancías, seguridad, organizaciones ya existentes y otras nuevas (como AMLOPAFA) muy activas con registros y afiliaciones por mencionar algunos temas relacionados.

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    Legal Estancia

    Los vehículos son mercancía por lo cual están sujetas a las disposiciones en materia aduanera, lo cual significa que para que un vehículo esté legal en el país, debe contar con una factura fiscal (CFDI) o con un pedimento de importación.

    De hecho, es el único caso donde después de importada la mercancía, en caso de enajenación el pedimento se debe entregar junto con la mercancía.

    Es decir, el vehículo o se compró en México y se tiene factura fiscal o se importó y se tiene un pedimento de importación definitiva.

    Organizaciones PAFAS

    En base a lo anteriormente comentado, podemos confirmar que aquellos vehículos que circulan con placas de cartón de afiliación de alguna de estas organizaciones y asociaciones civiles, sigue siendo ilegal, por lo que puede ser embargado precautoriamente por la Autoridad Aduanera mediante el Procedimiento Administrativo en Materia Aduanera (PAMA), que es lo que sucede cuando se habla de “decomisos”.

    Tres Niveles de Gobierno

    La Autoridad Federal como principal Autoridad Aduanera, tiene facultades para verificar la legal estancia de dichos vehículos.

    En este caso, se puede dar al momento de la entrada de mercancías ante el mecanismo de selección automatizado, que como seguramente, estimado lector, te habrá tocado experimentarlo, se revisa solo un porcentaje menor de vehículos, de hecho está en proceso la implementación de tecnología que permita identificar vehículos sin placas o placas vencidas.

    Aquí se puede dar incluso el que sea un ciudadano americano quien cruce con el vehículo, con lo cual, entra de manera legal al país.

    Otro momento de revisión es en transporte o tránsito, que es cuando sabemos de operativos donde se solicita que se demuestre la legal estancia y tenencia del vehículo.

    Autoridad Estatal

    Hay algunos casos como Sonora y Chihuahua, donde la Autoridad Estatal tiene facultades en materia de comercio exterior, mediante los convenios de colaboración con la Federación.

    Hemos podido ver como el solo anuncio de operativos, desincentiva la circulación de vehículos ilegales incluso los afiliados a organizaciones.

    Es decir, los Estados en este caso tienen facultad también para revisar la legal estancia de los vehículos en el país, en este caso, específicamente en el Estado, por lo que se pueden sacar de circulación.

    Autoridad Municipal

    Es una infracción de tránsito el circular sin placas, lo cual faculta a sacar dichos vehículos de circulación.

    Además de lo anterior, la Legislación Aduanera establece la obligación de todas las instancias de gobierno de coadyuvar con la Autoridad Federal en caso de conocimiento de situaciones como en este caso de mercancías ilegales.

    Conclusión

    Es un hecho que la importación de vehículos usados sigue siendo alta (tasa de 50%), se procura promover la venta de vehículos nacionales nuevos e incluso usados.

    El Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN) no ha podido ser aplicable para efectos del beneficio arancelario establecido en el mismo, ya que se requiere la formalidad del Certificado de Origen para poder acceder al beneficio.

    Es un tema que denota la falta de aplicación de la Ley y la conveniencia política para beneficiar a las organizaciones, por lo que se requiere un esquema de importaciones viable y accesible, sin descuidar la venta de vehículos en el país ya que se afecta el mercado en su totalidad, esta es la naturaleza misma del impuesto de importación, aunado esto a una mejora significativa de los sistemas de transporte público que permitan la movilidad.

    Carlos Monroy

    Doctor en Materia Fiscal. Consultor en Comercio Exterior y Gerente de Consultoría en Palco Consorcio de Comercio Internacional.


    Las opiniones expresadas por los columnistas en la sección Plumas, así como los comentarios de los lectores, son responsabilidad de quien los expresa y no reflejan, necesariamente, la opinión de esta casa editorial.

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