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    abril 16, 2024 | 17:09

    Septima Enmienda TIGIE

    Publicado el

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    La Ley de los Impuestos Generales de Importación y Exportación (TIGIE), establece los aranceles para todas las mercancías que se puedan llegar a importar o exportar mediante la clasificación arancelaria de las mismas.

    Cada 5 años, el Comité del Sistema Armonizado de la OMA revisa el Sistema Armonizado (SA) y emite recomendaciones, también llamadas enmiendas, que implican la modificación y actualización de la tarifa arancelaria.

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    Sexta Enmienda

    La última modificación que se llevo a cabo el año pasado, presentó las siguientes características de acuerdo a la exposición de motivos:

    1. Implementación de la 6a Recomendación de Enmienda al Sistema Armonizado (SA) a la Tarifa arancelaria mexicana, que México, como miembro de la Organización Mundial de Aduanas (OMA), tiene la obligación de implementar. 

    2. Actualización por cambios en los patrones de comercio de México, en el que se buscó mantener e identificar aquellas mercancías que son relevantes en el comercio internacional de nuestro país. 

    3. Creación de un código para la identificación de mercancías que servirá para la toma de decisiones de política pública y de inteligencia comercial –Número de Identificación Comercial (NICO)-.

    Séptima Enmienda

    El próximo año se implementará a nivel mundial esta Séptima Enmienda y se busca que a nivel internacional (6 dígitos), las definiciones de subpartidas sean uniformes para la aplicación de datos arancelarios, no arancelarios y estadísticos.

    De acuerdo a la Secretaria de Economía, en esta enmienda se consideraran aspectos como los siguientes:

    Adaptación a los nuevos flujos de productos y a los rápidos avances tecnológicos, por ejemplo:

    • Desechos electrónicos y eléctrico
    • Drones multipropósito
    • Impresoras 3D

    Clasificación arancelaria específica para la resolución de problemas ambientales y sociales, por ejemplo:

    • Nuevos productos del tabaco y nicotina
    • Kits de diagnóstico rápido (virus Zika)
    • Mercancías de uso dual
    • Químicos con potencial de calentamiento global

    Actualmente, la TIGIE se compone de 22 Secciones, 98 capítulos, 1,229 partidas arancelarias y 5,395 subpartidas arancelarias, acumulando 7,859 fracciones arancelarias (sic).

    Los indicadores presentados en el informe anual del uso de facultades extraordinarias del Ejecutivo Federal, establece una media arancelaria simple de 6.7%, y un arancel efectivamente pagado entre el mes de septiembre de 2020 y el mes de junio de 2021 fue de 0.64%.

    Entrada en Vigor

    De acuerdo a la iniciativa que se tiene en el Legislativo, se busca que la TIGIE entre en vigor el primero de enero de 2022.

    Sin embargo, considerando algunas obligaciones que se establecen en la misma TIGIE para la Secretaria de Economía de publicar dentro de los 15 días previos a la entrada en vigor de esta Ley, las Notas Nacionales así como los Números de Identificación Comercial (NICOs).

    Por otro lado, se comentó el día de ayer en reunión ordinaria de la Comisión de Economía, Comercio y Competitividad, que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) en coordinación con la Secretaria de Economía ha pedido que esta Ley entre en vigor hasta junio de 2022 para efectos de actualizar sus sistemas internos con la información correspondiente, propuesta que fue aprobada en la misma sesión así como la iniciativa de Ley en dicha comisión.

    Carlos Monroy

    Doctor en Materia Fiscal. Consultor en Comercio Exterior y Gerente de Consultoría en Palco Consorcio de Comercio Internacional.


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