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    abril 17, 2024 | 16:34

    El Derecho de Nacer

    Publicado el

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    El tema de los derechos humanos en las legislaciones internacionales incluyendo a México, varía en su interpretación jurídica y actualmente ha evolucionado transformando el derecho, cuya normatividad regula la conducta humana, bajo un sistema que define a la sociedad.

    En el Congreso de la Unión conformado por diputados y senadores, se crean las leyes que además deben cumplir con los Tratados Internacionales sin que se afecte nuestra democracia y soberanía. Los Tribunales Internacionales de Derechos Humanos han emitido Jurisprudencia al respecto. Por lo que el tema de la vida está considerado como el derecho humano más importante.

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    Como abogado he analizado el origen de la corrupción y su alcance, concluyendo que está impregnado en los Tres poderes de la Unión. Por lo que el tema del derecho a la vida, toma mayor importancia cuando se propone despenalizar el aborto bajo un esquema parecido al de la ciudad de México, que ya se convirtió en un negocio y sin sustento constitucional. Utilizando a las organizaciones pro aborto y mujeres que se denominan como “feministas”, que en su mayoría son ignorantes respecto del tema y las consecuencias del crimen asistido.

    El jurista uruguayo Eduardo Couture, nos heredó el Decálogo del Abogado que incluye diez mandamientos que nos hablan de tolerancia, libertad, misericordia y amor. Pero además define con claridad la ética profesional. Nos convoca a luchar por el derecho como un deber; pero cuando entre el derecho y la justicia exista conflicto, debemos luchar por la justicia.

    Los abogados no debemos permitir que nos sobrepase la corrupción, ni mucho menos la injusticia. Me manifiesto en forma pacífica, pero enérgica en contra del aborto, por lo incongruente e inaplicable de acuerdo a nuestra Constitución. La vida está protegida en la definición de la nacionalidad mexicana. Se aplica a los nacidos o concebidos en el artículo tercero Transitorio, del decreto que entró en vigor en 1998, sin definir la palabra nacimiento, pero integra a ese término el significado de concebido.

    En derecho internacional, en la Convención sobre los Derechos del Niño, lo protege desde el momento de su concepción ordenando la debida protección legal, tanto antes como después del nacimiento. Razón por la cual ha de entenderse que la protección que brinda esa Convención, es a partir de la existencia de la persona humana que comienza con la concepción.

    Queda bien claro y entendido que NO es un derecho de la mujer que lo procrea decidir sobre su vida, sino que ya está protegido legalmente desde que es concebido. De tal manera que es preciso encaminar el diálogo para concientizar a hombres y mujeres sobre la obligación de ser padres responsables. De ninguna manera dejarnos influir para deshacernos de personas indefensas en el seno materno, mediante el crimen. El Estado no puede, ni está facultado por la Constitución, para favorecer el plan perverso del negocio o lucro que implica el aborto como tal.

    La protección es desde el seno materno. Si la mujer quita o suprime la vida del concebido, el aborto provocado, esté o no penalizado criminalmente, con su consentimiento y practicado por médico, implica un acuerdo lucrativo rotundamente teñido de ilegalidad. Atenta a la dignidad humana y permite el negocio con causa ilícita. Además de otras consideraciones legales, como los deberes de los padres.

    Invito a que se realice una consulta ciudadana en toda la república, para buscar soluciones alternas, e impedir la despenalización del aborto como ocurrió en la Ciudad de México. Los abogados no debemos permitir el crimen o asesinato de un ser vivo en el vientre materno, porque tiene el derecho de nacer. Aunque también existen definiciones absurdas que pretenden confundir ciertos médicos pro aborto en relación al término “concebido” o de la “concepción”.

    La vida humana comienza con la concepción del embrión por el normal acto sexual o in vitro, admitiendo la existencia de técnicas de reproducción humana asistida. Desde ese momento es sujeto de derechos patrimoniales condicionado a que nazca vivo. Al embrión, en calidad de individuo humano, se le ha de reconocer en todos los sentidos sin demora un status jurídico que garantice su derecho fundamental de vivir, puesto que no existe vida potencial, sino real, desde su concepción.

    La mujer ha luchado como nunca para que se respete su vida. Se han establecido diversas formas de violencia familiar, destacando el daño a su dignidad, integridad o libertad. Igualamos también como acto de violencia el destrozar a un ser humano que bien pudiera ser niña.

    Molinar Apodaca

    Abogado especialista en Gestión de Conflictos y Mediación.


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