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    abril 25, 2024 | 1:08

    Austeridad en el Gobierno

    Publicado el

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    La Administración Pública en cualquiera de los tres niveles gubernamentales, así como en cualquiera de los tres poderes lleva implícita la vocación de servicio.

    Esto debe representar para los servidores y funcionarios públicos el vivir dignamente e incluso el poder tener certeza laboral.

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    Sin embargo, es común esperar el cambio de personal en niveles medios y superiores cada cambio de administración incluso siendo del mismo partido político, así como el ver casos de funcionarios con un cambio radical o al menos nada lógico en su nivel de vida.

     

    Ley Federal de Austeridad Republicana

    Esta semana se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Ley Federal de Austeridad Republicana, la cual tiene por objeto: regular y normar las medidas de austeridad que deberá observar el ejercicio del gasto público federal.

    Se definen los principios de la administración del gasto público, siendo estos: eficacia, eficiencia, economía, transparencia y honradez.

    Se define la Austeridad Republicana de la siguiente manera: Conducta republicana y política de Estado que los entes públicos así como los Poderes Legislativo y Judicial, las empresas productivas del Estado y sus empresas subsidiarias, y los órganos constitucionales autónomos están obligados a acatar de conformidad con su orden jurídico, para combatir la desigualdad social, la corrupción, la avaricia y el despilfarro de los bienes y recursos nacionales, administrando los recursos con eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez para satisfacer los objetivos a los que están destinados;

    Medidas de Austeridad

    Entre otras medidas contenidas en la Ley, comentamos las siguientes:

    • Evitar la duplicidad de funciones

    Se procura que se dé un exceso de personal burocrático, el cual evidentemente existe en los gobiernos federales, estatales y municipales, se da mediante puestos creados expresamente para ciertas personas, personal técnicamente no preparado para las funciones encomendadas, entre otros casos aplicables.

    • Limitar la figura de secretario particular y de choferes a ciertos niveles, así como los servicios de consultoría a una revisión previa de real necesidad o complemento interno de las dependencias.

    Considero que, en el caso de asesorías, se debería especificar la obligación de contar con evidencia de cada asesoría proporcionada, ya que mediante este concepto se pueden dar mecanismos de desvío de recursos.

    • El gasto de difusión de propaganda o publicidad oficial se deberá sujetar específicamente a lo estrictamente indispensable para dar a conocer programas o fines informativos, educativos o de orientación social.
    • Se prohíben las delegaciones de entes públicos en el extranjero, excepto para seguridad nacional, impartición de justicia y ejecución de política exterior.

    Llama la atención que no se considere como excepción la promoción y fomento de inversiones y exportaciones.

    • Se regula el uso de vehículos oficiales y su costo, adquisición de sistemas de cómputo, vehículos aéreos, gastos de oficina innecesarios, así como evitar el derroche en servicios.
    • Se contemplan los sueldos de los funcionarios, así como la prohibición de sistemas de pensiones especiales y seguros de gastos médicos privados.

    Conclusión

    Es muy loable la aprobación y aplicación de esta Ley, los puestos públicos no deben ser sinónimo de privilegios y enriquecimiento.

    Esta austeridad debe reflejarse en un mejor uso y destino de los recursos públicos, pero de ninguna manera debe representar una baja en la calidad o tiempos de respuesta a los usuarios de servicios públicos.

    Esperemos que se logren los objetivos, que se estarán midiendo cada año para los ajustes necesarios, y que se aplique también en los estados y municipios, como en el caso de Sonora y Chihuahua que no han aprobado una Ley con este tema.

    Carlos Monroy

    Doctor en Materia Fiscal. Consultor en Comercio Exterior y Gerente de Consultoría en Palco Consorcio de Comercio Internacional.


    Las opiniones expresadas por los columnistas en la sección Plumas, así como los comentarios de los lectores, son responsabilidad de quien los expresa y no reflejan, necesariamente, la opinión de esta casa editorial.

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