Falso que registro vigente de líneas celulares es inconstitucional como el PANAUT

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La SCJN solo invalidó en 2022 el padrón que exigía datos biométricos y no ha emitido fallo alguno contra el esquema de registro obligatorio vigente desde 2026.

Ciudad de México (ADN/Staff) – Es falso que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) haya declarado inconstitucional el registro obligatorio de líneas celulares actualmente vigente en México, como afirman diversas publicaciones que circulan en redes sociales.

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La confusión se origina en la sentencia emitida por la Corte en abril de 2022, cuando invalidó el Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil (PANAUT), un mecanismo aprobado durante el sexenio anterior que condicionaba la activación y permanencia de líneas telefónicas a la entrega de datos personales y biométricos de los usuarios.

En ese fallo, el máximo tribunal del país determinó que el PANAUT violaba los derechos fundamentales a la privacidad y a la protección de datos personales, al obligar a los ciudadanos a proporcionar información altamente sensible —como huellas dactilares o reconocimiento facial— sin garantizar salvaguardas suficientes frente a abusos o filtraciones.

El esquema de registro obligatorio que comenzó a aplicarse en enero de 2026 es jurídicamente distinto, ya que no contempla la recolección de datos biométricos. El requisito vigente se limita a vincular cada línea telefónica móvil con una identificación oficial, como la credencial para votar, la CURP o el RFC, con el objetivo de asociar el número a un titular verificable.

Hasta el momento, la SCJN no ha declarado inconstitucional este nuevo mecanismo, ni existe una resolución que extienda automáticamente los efectos de la sentencia contra el PANAUT al registro actual, como erróneamente se afirma en algunas plataformas digitales.

Especialistas en derecho constitucional han señalado que la invalidez del PANAUT no implica, por sí misma, la prohibición de cualquier forma de registro de usuarios, sino únicamente de aquellas que resulten desproporcionadas o que vulneren derechos fundamentales sin una justificación adecuada.

En consecuencia, aunque es correcto afirmar que el PANAUT quedó sin efectos jurídicos desde 2022, resulta incorrecto sostener que el registro obligatorio de líneas celulares vigente haya sido invalidado por la Corte, ya que se trata de un esquema distinto y plenamente en vigor.

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