Se desistió de procedimiento de extinción de dominio de bienes asegurados a duartistas

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El 3 de septiembre declinaron la competencia a favor de la Federación, de la causa penal por enriquecimiento ilícito, sin que hasta la fecha se haya pronunciado la FGR.

 

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Chihuahua, Chih .- Con fecha del 2 de septiembre del presente año, la Administración estatal recién concluida, se desistió del procedimiento de extinción de dominio sobre bienes asegurados a exfuncionarios, a quienes se siguió causa penal por diversos delitos en la llamada “Operación Justicia para Chihuahua”.

Por otra parte, informó la Fiscalía General del Estado, con fecha de 3 de septiembre la causa penal por enriquecimiento ilícito, fue declinada la competencia en favor de la Federación, bajo el argumento de la relación con los que se investigan en una carpeta federal.

Sin embargo, a la fecha no existe acuerdo por parte de la Fiscalía General de la República aceptando la competencia sobre el caso.

Lo anterior, quedó revelado luego de una revisión de documentación que se hizo durante el procedimiento de entrega-recepción.

El pasado 10 de septiembre, la Dirección del Registro Público de la Propiedad del Estado, recibió un oficio de solicitud para levantar el aseguramiento de diversos bienes que fueron señalados a diversos exfuncionarios de la administración 2010-2016.

Dicho desistimiento se realizó luego de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación, dentro de la acción de inconstitucionalidad 100/2019, decretó la invalidez de varios artículos de la Ley Nacional de Extinción de Dominio, entre ellos la fracción IV del artículo 7, en la que se sustentaría la acción de extinción de dominio de los presentes casos, la cual establece que procederá cuando existan bienes de origen licito cuyo valor sea equivalente a cualquiera de los bienes derivados de la comisión del delito.

Además, el máximo tribunal en el país, durante el desarrollo del juicio civil, estableció que los bienes asegurados fueron adquiridos por sus propietarios previo al desempeño del cargo del cual presuntamente hicieron uso para cometer el delito. En consecuencia, no se podría tomar en cuenta el delito de peculado, previsto en dichos expedientes.

Con la resolución de la SCJN, se demuestra el mal manejo que se ha realizado dentro de los expedientes antes mencionados.

La Fiscalía aclara que, al desistirse del aseguramiento, quedan a salvo los derechos, para actuar contra los bienes de los exfuncionarios, asimismo, es importante mencionar que, respecto a las carpetas de investigación en la vía penal, seguirá trabajando para que se cumpla con el debido proceso.

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