La dependencia federal señala que desde el 1 de enero de 2026 cualquier trámite bajo el esquema extraordinario carece de sustento legal.
Ciudad de México (ADN/Arturo Hernández) – La Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC) advirtió que no existe ninguna prórroga ni extensión para la regularización de vehículos usados de procedencia extranjera, por lo que cualquier trámite iniciado o promovido después del 31 de diciembre de 2025 es ilegal, aun cuando las unidades ya hayan sido adquiridas por particulares.
La dependencia, encabezada por Omar García Harfuch, informó que tras la publicación realizada en el Diario Oficial de la Federación el 31 de diciembre de 2025, quedó establecido que el decreto de regularización concluyó de manera definitiva y que desde el 1 de enero de 2026 no hay trámites pendientes ni mecanismos vigentes para dar de alta este tipo de vehículos.
De acuerdo con la SSPC, el programa extraordinario, vigente desde el 29 de diciembre de 2022, permitió la regularización de unidades que ingresaron al país antes del 19 de octubre de 2021, objetivo que se dio por cumplido al alcanzarse 2 millones 987 mil 839 vehículos regularizados hasta noviembre de 2025, según cifras del Registro Público Vehicular (REPUVE).
En este contexto, la autoridad federal fue enfática al señalar que ni siquiera los vehículos ya comprados pueden ser emplacados o registrados mediante esquemas irregulares, gestores, intermediarios o supuestas asociaciones, al no existir base jurídica alguna que lo permita.
La SSPC precisó que la única vía legal para introducir vehículos usados al país es la importación definitiva, conforme al decreto vigente publicado el 4 de noviembre de 2024 y renovado el 5 de noviembre de 2025, el cual exige cumplir con requisitos físicos, mecánicos y ambientales, además del pago de los aranceles correspondientes.
Finalmente, la dependencia llamó a la ciudadanía a no entregar dinero ni documentos personales a terceros que ofrezcan regularizaciones inexistentes, y alertó que quienes soliciten pagos bajo este argumento incurren en fraude, al no haber disposición legal vigente que respalde dichos trámites.

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