Édgar Hernán E. V. purga una sentencia de 37 años por secuestro agravado y fue beneficiado irregularmente, según fallo de la Primera Sala Penal.
Ciudad Juárez, Chih. (ADN/Arturo Hernández) – El Tribunal de Ejecución de Penas deberá cumplir con la resolución de la Primera Sala Penal del Tribunal Superior de Justicia del Estado (TSJE), que dejó sin efecto la semilibertad concedida al sentenciado Édgar Hernán Escárcega Valenzuela, quien purga una condena de 37 años de prisión por el delito de secuestro agravado, informó el fiscal de la zona centro, Heliodoro Araiza Reyes.
Escárcega Valenzuela, quien inició el cumplimiento de su segunda sentencia en 2020 y cuyo término de condena está fijado para el 9 de enero de 2057, recibió el beneficio de semilibertad el pasado 18 de septiembre, por orden del juez Juan Carlos Erives. La medida permitía al sentenciado internarse solo los fines de semana en el centro penitenciario, ingresando cada viernes a las 8:00 p.m. y saliendo los domingos a la misma hora.
El caso provocó fuertes cuestionamientos en el ámbito político y judicial, debido a que Édgar Hernán E. V. es hermano de la magistrada Nancy Escárcega Valenzuela, actual integrante del Tribunal de Disciplina Judicial, y cuñado del diputado local por Movimiento Ciudadano, Francisco Sánchez Villegas. Estos vínculos generaron inquietudes, particularmente entre legisladores de Morena, quienes reclamaron públicamente la decisión del juez.
La Fiscalía General del Estado interpuso un recurso de apelación, mismo que fue resuelto a favor del Ministerio Público por la Primera Sala Penal del TSJE, lo que revoca formalmente el beneficio de semilibertad y ordena regresar al cumplimiento íntegro de la condena en reclusión.
“El cumplimiento de esta resolución queda ahora en manos del Poder Judicial. Nosotros estamos a la espera de que se dé cumplimiento a la Ley de Ejecución”, indicó Araiza Reyes. Agregó que, en tanto no se aplique la revocación, el sentenciado continúa en situación de libertad durante la semana, lo que contraviene los términos de su pena definitiva.
El fiscal destacó que el caso permanece bajo responsabilidad del Tribunal de Ejecución de Primera Instancia, órgano competente para hacer cumplir la sentencia conforme a lo dictado por la Sala Penal. Subrayó que se trata de una pena firme, por lo que el proceso ya no está sujeto a revisión de fondo, sino exclusivamente a su ejecución conforme a la legalidad.
El caso ha reavivado el debate sobre el uso discrecional de beneficios penitenciarios y la necesidad de garantizar la imparcialidad del sistema judicial, particularmente en casos con repercusiones sociales o vínculos de alto perfil. Mientras tanto, la resolución emitida obliga a las autoridades judiciales a garantizar el retorno inmediato a prisión del sentenciado, bajo los términos originales de su condena.

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