Propone Benjamín Carrera tipificar la omisión y opacidad al contratar deuda pública

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El diputado local busca reforzar la transparencia y el uso correcto del recurso económico de los chihuahuenses ante la experiencia con administraciones estatales pasadas.

Chihuahua, Chih. (ADN / Martín Orquiz) – Con el objetivo de integrar al Código Penal del Estado el delito de omisión de la Ley de Presupuesto de Egresos, Contabilidad Gubernamental y Gasto Público, al momento de adquirir deuda pública, el diputado local de Morena, Benjamín Carrera Chávez, presentó una iniciativa ante el Congreso del Estado.

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El legislador dijo que para blindar las finanzas estatales y evitar se repita quiebre de las arcas públicas en la contratación de deuda, presentó iniciativas que pretenden una mayor participación del Poder Legislativo, sin obstaculizar el ejercicio.

Se busca, continuó, regular y transparentar la información detallada sobre la adquisición de créditos, por lo que agregó la propuesta de tipificar el actuar doloso en el Código Penal.

La finalidad es complementar a las anteriores propuestas para que queden vigentes y positivas; en caso de no darse el debido cumplimiento, genere una responsabilidad.

Por eso se plantean dos nuevas conductas que serían sancionadas con pena privativa de libertad, castigo de carácter económica e inhabilitación para desempeñar un empleo o cargo público, indicó.

Carrera Chávez dijo que en la Ley de Presupuesto se establece una sanción para los funcionarios públicos que, de manera dolosa, omitan el registro de operaciones financieras o altere documentos o registros de la contabilidad que ocasionen un daño al estado.

Sin embargo, existe ambigüedad en acreditar tal delito, por lo que la propuesta es establecer la obligación de informar de la contratación de la deuda a corto y largo plazo, así como de todos y cada uno de los compromisos financieros a cargo del Estado.

“Al servidor público que contrate o participe en la contratación de deuda pública sin cumplir con los requisitos, destine los recursos a fines distintos a los que deben aplicarse o su liquidación no se realice conforme en cumplimiento a la ley de la materia”, explicó.

Propone de cuatro a ocho años de prisión, hasta 360 mil pesos de multa y/o la inhabilitación por 10 años para desempeñar cargos públicos, al titular de un ente público que omita informar, o bien informe parcialmente de los montos de la deuda a corto y largo plazo, monto de cuentas por pagar a proveedores y contratistas o bien importes que debe transferir a personas físicas o morales que, por disposición de la ley, deben recibir recursos públicos.

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