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    abril 21, 2024 | 19:14

    PRI-PAN-PRD en contra de la eficiencia y regulación del manejo de los recursos públicos

    Publicado el

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    La eficiencia es la regulación que buscaría evitar cargas innecesarias y racionalizar el uso de recursos públicos escasos. La eficiencia incluye utilizar los instrumentos que resulten en la mínima distorsión posible, en consecuencia la proporcionalidad sería la regulación que debe imponer medidas que sean proporcionales al objetivo buscado.

    En la Administración Pública lo anterior se busca y se aplica siempre, cuando existe descontrol en la disposición y aplicación de los recursos públicos, promulgando leyes que los regulen, supervisen y sancionen, de lo contrario la atomización de los recursos es a discreción, sin control y sin la posibilidad de ser sancionados cuando la ley no los topa y determina con claridad sus mecanismos que los regulen y sancionen.

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    Recordemos que el ejecutivo federal es el responsable de la Administración Pública, la cabeza del poder ejecutivo, por lo que está facultado a promover leyes que busquen regular el recurso público que genera la administración pública federal, la regulación de los recursos públicos es un acto necesario del poder público que se considerará autorizado si están regulados el sujeto, el fin y el motivo o contenido en la ley que busque regularlos, por eso el presidente los propuso con toda claridad, y finalidad conocida, al poder legislativo.

    La administración federal está buscando eficientar los recursos públicos buscando eliminar las discrecionalidad con que se aplican, y no se justifican, por parte de los administradores (Secretarios de Estado, Organismos Públicos Autónomos, Empresas del Estado, Gobernadores, Presidencias Municipales y todo aquel que ejerza recursos públicos en su operación para comunicación social) como único fin de lograr que los recursos se inviertan en donde realmente son necesarios en las cantidades adecuadas.

    EL Plan “B” del presidente contempla seis leyes secundarias: la Ley General de Comunicación Social, la Ley General de Responsabilidades Administrativas, la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, la Ley General de Partidos Políticos, la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación y la Ley General de los Medios de Impugnación en Materia Electoral.

    En este caso hablaremos de la Ley General de Comunicación Social que ya fue promulgada en el diario Oficial de la Federación y es la que los opositores van a impugnar por considerar ellos que es anticonstitucional.

    Considerando que La Ley General de Comunicación Social tiene por objeto establecer las normas a las que deberán sujetarse los Entes Públicos a fin de garantizar que el gasto en Comunicación Social cumpla con los criterios de eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez, y respete los topes presupuestales, límites y condiciones de ejercicio que establezcan los presupuestos de egresos respectivos, de conformidad con lo previsto en el artículo 2 de la Ley… los opositores la rechazan y la impugnaron por inconstitucional, no quieren que sus entes de gobierno que controlan sean controlados por la ley.

    Se establece también en el Diario Oficial y la ley secundaria que en términos del artículo 4, fracción X y 20 de la Ley General de Comunicación Social, la Secretaría de Gobernación es la Secretaría Administradora encargada de regular el gasto en materia de Comunicación Social, misma que de conformidad con lo establecido en el Presupuesto de Egresos respectivo y en las leyes aplicables en la materia, emitirá anualmente los Lineamientos para las Estrategias y Programas Anuales de Comunicación Social, así como las reglas relativas a la difusión de las Campañas de carácter industrial, comercial, mercantil y de promoción y publicidad que promuevan o publiciten la venta de productos o servicios que generan algún ingreso para el Estado.

    Así mismo el artículo 38 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria señala que la programación y el ejercicio de recursos destinados a comunicación social deben autorizarse por la Secretaría de Gobernación en los términos de las disposiciones generales que para tal efecto emita.

    No creo que sea anticonstitucional la ley secundaria porque la CONSTITUCIÓN no autoriza al derroche y a la discrecionalidad en el gasto en la comunicación social y es precisamente la ley secundaria, ya promulgada, la que limita, eficiente y regula la forma del gasto publicitario de todos los órdenes de gobierno.

    Vamos entendiendo de que se trata esto, en gran resumen la ley secundaria derivada del PALN B del presidente en materia de comunicación, regula y limita el gasto en comunicación y publicidad de los entes de gobierno que manejan presupuesto público al monto tope del 0.1% de su presupuesto anual total, esto quiere decir que se acabaron los miles de miles de millones de pesos para los medios de comunicación que se gastaban sin recato alguno los gobiernos opositores del PRI-PAN-PRD y MC.

    Y lo anterior a los opositores los tiene furiosos porque ya no podrán utilizar a placer y discrecionalidad los recursos públicos de sus presupuestos anuales para comprar las voces, la tinta y las plumas en los medios de comunicación, como hasta hoy lo venían haciendo.

    Prácticamente se seca el “CHAYOTE” y el monto que resulte de aplicar la ley secundaria será para dirigir el gasto que corresponda con eficacia, ya no podrá GASTAR en los “amigos” y los pondrá entre la espada y la pared a todos los partidos opositores y sus entes políticos y de gobierno que controlan, porque o le dan el presupuesto de comunicación a los verdaderos medios, con rating probado que son los grandes medios de comunicación, o los dejan fuera del presupuesto con las consecuencias que ello les implica, o dejan de darles el CHAYOTE a todos los comunicadores, columnistas y empresas de impresión y sondeo político y opinión pública y se enfrentan a la pérdida del control de los medios en las redes sociales.- Considero que los recursos resultantes de la interpretación de la ley serán para los medios, dejando fuera, y sin CHAYOTE, a todos los demás que incluso prestan sus servicios a esos medios de comunicación, muy complicada la tienen porque jamás aprendieron a eficientar recursos publicos.

    Al estar controlados a solo 0.1% del presupuesto anual que les corresponda la supervisión y el control del gasto será más claro y visto y es precisamente a lo que el PRI-PAN-PRD Y MC se oponen, no lo quieren y lo van a impugnar.

    Y para complemento, y desgracia de los opositores neoliberales, la Ley de Comunicación Social va acompañada por la también otra ley secundaria, la Ley General de Responsabilidades Administrativas que conlleva claramente las responsabilidades y sanciones en la que incurrirían quienes violen las leyes ya aprobadas.

    Menos les gusto, porque recordando que los opositores buscan que el país regrese a los tiempos del derroche a manos llenas en donde fluían prerrogativas y canonjías a costa severa del presupuesto y que al final la riqueza solo se la estaban repartiendo entre ellos.

    Se les acabó el corrido y por eso van a impugnar como anticonstitucional las leyes, pero repitiendo, la CONSTITUCIÓN en ningún lado de ella habla de que los RECURSOS PUBLICOS se despilfarren y solo sean repartidos entre ellos.

    Se les complicó a los opositores el asunto del CHAYOTE, muy necesario para sus fines políticos.

    Un buen amigo me comentó que ahora el CHAYOTE va a tener que salir de los bolsillos de los patrocinadores de los partidos opositores y eso, eso es mortal para su hígado.

    El más furioso es Claudio X González acostumbrado en gastar a como le venga gana, y a sus intereses, los dineros publicos que disfrutaba, y es precisamente el asuto de los dineros por lo que los presidentes de los partidos opositores de la coalición afinaron sus controles internos en contra de los designios de Claudio X González, le han hecho sentir el peso de los partidos… o le aporta o le aporta y los partidos opositores manejarán los recursos… manita de puerco por los dineros hicieron.

    sabido

    Egresado de la Facultad de Comercio y Administración por la Universidad Autónoma de Tamaulipas. Su desarrollo profesional ha sido en empresas privadas en posiciones directivas donde a logrado acumular 42 años de servicio.


    Las opiniones expresadas por los columnistas en la sección Plumas, así como los comentarios de los lectores, son responsabilidad de quien los expresa y no reflejan, necesariamente, la opinión de esta casa editorial.

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