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    marzo 29, 2024 | 3:42

    La consulta confirmó la voluntad del electorado

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    Hay muchas formas de evaluar los resultados de la jornada electoral del pasado domingo 10 de abril en el que 16 millones 502 mil ciudadanos decidieron que el Presidente Andrés Manuel López Obrador fuera ratificado.

    De cada 100 electores, 92 votaron a favor de su permanencia y esto constitucionalmente representa una confirmación del mandato constitucional, cuya consulta aparece prescrita en el artículo 41 de nuestra carta magna.

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    Sin embargo, quienes hicieron el diseño de la consulta, con letra chiquita establecieron que para que el resultado tuviera efectos y, en su caso, diera lugar a una revocación efectiva del mandato otorgado al Presidente, se requería de una votación equivalente al 40%, lo cual representó una verdadera tranca, una especie de “cien candados” para descalificar de antemano el proceso mismo de la consulta.

    Los estudiosos saben que a nivel internacional y nacional la participación de los ciudadanos está asociada al tipo de elección; que los niveles se elevan en las elecciones federales, cuando se elige Presidente, en las que se puede rebasar el 60%; pero que se desploman en las elecciones intermedias de autoridades municipales en los que no se elige Gobernador, al punto de que la participación disminuye a menos del 30%.

    La experiencia internacional es semejante, nos indica que en países que sirvieron de modelo para fundar el actual régimen electoral mexicano, como es el caso de Estados Unidos, en donde se eligen legisladores y autoridades locales por medio del voto directo, en procesos que admiten la reelección consecutiva, que más que elecciones suelen ser procesos con la oportunidad de revocar o confirmar a legisladores y jueces, los niveles de participación suelen ser inferiores al veinte por ciento y no es raro que el total de la votación descienda a menos del diez por ciento.

    Por ello, no deja de extrañar que ahora que ya tenemos los resultados del proceso, la oposición al gobierno de AMLO use un solo argumento, para cantar la anulación del proceso, porque no se alcanzó la cifra imposible del 40%, asegurando que los resultados no son vinculantes; pero todos sabemos que ese techo inalcanzable en un proceso novedoso, pero a la vez desconocido para la mayoría de los ciudadanos mexicanos, fue impuesto por la llamada coalición “Va por México”; que a la consulta se le levantaron todas las barricadas posibles para evitar su difusión y su plena realización y que, por tanto, el resultado no puede ser evaluado con la vara de quienes hicieron hasta lo imposible para que la consulta naufragara.

    Al respecto, los propios adoradores de la “Democracia Americana”, saben, que en los procesos equiparables que ocurren en Estados Unidos y aún en Europa, los niveles de votación se caracterizan por bajos niveles de votación y que por tanto es fácil desalentar la participación de los electores.

    ¿Por qué tanta hipocresía frente al porcentaje de participación? cuando con todo conocimiento de causa, el mismo presidente del INE y el consejero Ciro Murayama encabezaron una campaña a todas luces ilegal, para descalificar un proceso electoral que ellos, más que nadie, por mandato de las leyes y principios electorales, estaban obligados a promover, y cuidar, como responsables que eran de su éxito.

    En realidad, lo que han hecho es inaudito: primero intentaron bloquear la iniciativa; después con ayuda de tribunales a modo, desfiguraron el texto de la consulta; durante el proceso, sin rubor censuraron a quienes convocaban a la participación; y ahora que los resultados favorecieron abrumadoramente a nuestro Presidente, no se cansan de declarar que el proceso no es vinculante, en menos palabras: que no es válido.

    En verdad, ni en la peor época del PRI se tuvieron autoridades electorales tan parciales y tan dependientes de los grupos de poder, y de una coalición de partidos enteramente volcada a invisibilizar el voto de casi 16.5 millones de mexicanos.

    Esta idea de prácticamente declarar nulo el resultado es ajena a nuestras reglas comiciales y a los principios que los consejeros del INE no se cansan de invocar.

    Al respecto, no debemos olvidar que cuando los tribunales electorales resuelven una impugnación electoral promovida por un partido inconforme con el resultado; en la práctica, mediante una resolución administrativa, la solicitud de revisión se desecha, cuando la diferencia entre el perdedor y el ganador se acerca al cinco por ciento de la votación emitida, porque en estos casos se privilegia el sentido sagrado del voto, reconociendo, implícitamente y a veces explícitamente, que todo error asociado a la administración del voto debe dispensarse, una vez que se tiene claro cuál es el sentido de las preferencias mayoritarias de los electores.
    Por qué no aplicar ese principio ahora cuando la diferencia entre quienes votaron a favor de la permanencia de AMLO y quienes demandaron la revocación es de 85.4 puntos porcentuales y un caudal de 14 millones 096 mil votos.

    La respuesta la tienen Ustedes, estimadas y estimados lectores.

    Juan Carlos Loera SQR

    Empresario y político defensor de la cuarta transformación.


    Las opiniones expresadas por los columnistas en la sección Plumas, así como los comentarios de los lectores, son responsabilidad de quien los expresa y no reflejan, necesariamente, la opinión de esta casa editorial.

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