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    julio 26, 2024 | 20:22

    Control de sustancias químicas

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    El empleo ilegal de sustancias químicas nocivas para la salud ha tenido un incremento notable sostenido en los últimos años,  desviándose de su uso, primordialmente industrial, lo que se traduce en riesgos sanitarios y ambientales de diversa índole. De acuerdo con la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) y con el Instituto Nacional de Ecología, ya desde hace más de dos décadas se tenía detectado que de las más de 100 mil sustancias químicas que se encontraban en el comercio mundial, alrededor de 8 mil reunían alguna de las características de peligrosidad.

    Ante los riesgos potenciales de estas sustancias, la comunidad internacional ha reaccionado desde los ámbitos nacionales y supranacionales, con el objetivo de minimizar o evitar su empleo ilegal. A pesar de que por mucho tiempo se pensó que la solución a un sinfín de problemas se encontraría en la ciencia y la tecnología, lo cierto es que, en la práctica, este postulado no siempre es verdadero, llegando incluso a profundizar la complejidad de los problemas y sus posibles soluciones.

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    El mal empleo de un amplio abanico de sustancias químicas, como posibilidad o simple amenaza, nos remite directamente a recordar el momento en que los agentes tóxicos hicieron su aparición en el escenario bélico y su uso pronto se hiciera controversial.

    Si bien desde los inicios de las contiendas armadas se utilizaron armas químicas, la Primera Guerra Mundial tiene el deshonroso lugar como la primera guerra química “moderna”. A lo largo de las décadas posteriores, la presencia de estos recursos de confrontación y coerción ha dado lugar a lo que hoy conocemos como “terrorismo químico, biológico, radiológico y nuclear” (Naciones Unidas).

    Al mismo tiempo, las diversas consecuencias hoy ampliamente documentadas, dieron origen a  convenciones internacionales interesadas en regular el acceso a sustancias químicas que puedan emplearse como armas y con otros fines prohibidos por los Estados participantes.

    A fin de dar cumplimiento a la normatividad internacional y fiel a su tradición en favor del desarme, México ha buscado armonizar su legislación nacional y sus medidas de aplicación con el de estos instrumentos supranacionales. El uso documentado de sustancias en conflictos actuales hacen que esta preocupación no sea en vano.

    Por ello, en agosto de 2023, el Ejecutivo Federal remitió al Senado de la República un Proyecto de Decreto para reformar diversas disposiciones de la Ley Federal para el Control de Sustancias Químicas Susceptibles de Desvío para la Fabricación de Armas Químicas.

    Esta iniciativa busca la armonización de esta Ley con las modificaciones realizadas en la Convención sobre la Prohibición del Desarrollo, la Producción, el Almacenamiento y el Empleo de Armas Químicas y sobre su Destrucción

    Cabe recordar que esta Convención fue firmada en 1993 y entró en vigor en 1997, la cual representa el “primer tratado multilateral destinado a prohibir toda una categoría de armas de destrucción en masa y a velar por la verificación internacional de su eliminación”.

    Por sustancia química se entiende “Toda sustancia que, por su acción química sobre los procesos vitales, pueda causar la muerte, la incapacidad temporal o lesiones permanentes a seres humanos o animales” (Art. II. 2 de la Convención).

    Tal como sostiene el Ejecutivo Federal en su proyecto de ley, los logros obtenidos en el ámbito de la química deben apuntar exclusivamente al beneficio de la humanidad.

    Ante el mayor grado de información con el que contamos actualmente en calidad y cantidad, es imperioso actualizar nuestra legislación para incluir nuevos agentes neurotóxicos. Una ruta para ello es el ámbito legislativo, donde hoy tenemos la oportunidad de establecer un mecanismo que permita actualizar de manera eficaz y oportuna la Ley en la materia.

    Al mismo tiempo, con la propuesta enviada por el Ejecutivo, se abre la puerta para actualizar esta normatividad con las reformas a la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, respecto cambios de denominación, así como incorporar a la Agencia Nacional de Aduanas. En específico, se propone eliminar toda referencia a la Secretaría de Gobernación como autoridad encargada de la aplicación de esta Ley.

    Con este tipo de modificaciones en el ámbito legislativo, el Estado Mexicano sigue fiel a su compromiso con la comunidad internacional de hacer todo lo que corra bajo su ámbito de actuación, para preservar la paz.

    Rafa Espino sqr
    Rafael Espino

    De Chihuahua. Abogado fiscalista. Consejero Independiente de Petróleos Mexicanos. Senador de la República por Morena.

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