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    diciembre 2, 2025 | 9:40

    Aprueban incorporar Violencia Política contra las Mujeres por Razón de Género como nueva modalidad de violencia en ley estatal

    Publicado el

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    Será motivo de sanción a quien realice o distribuya propaganda política o electoral que calumnie, degrade o descalifique a una candidata basándose en estereotipos de género

    Chihuahua, Chih. – La Comisión de Igualdad del Congreso del Estado aprobó el dictamen de reforma a la Ley Estatal de Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia en la que se establece, entre otros, como nueva modalidad, la Violencia Política contra las Mujeres por Razón de Género (VPMG) así como las conductas susceptibles de violencia política. Esto como parte del proceso que los congresos locales deben realizar a fin de armonizar su legislación con lo dispuesto en las reformas realizadas a ocho leyes generales, que entraron en vigor el pasado mes de abril.

    En la comisión se analizaron dos propuestas, una fue presentada por la diputada Blanca Gámez Gutiérrez, la cual contempla la definición de la Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género e incorpora conductas a través de las cuales puede manifestarse, entre las que destacan: restringir o anular el derecho al voto libre y secreto de las mujeres, u obstaculizar sus derechos de asociación y afiliación a todo tipo de organizaciones políticas y civiles.

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    También señala que será motivo de sanción a quien realice o distribuya propaganda política o electoral que calumnie, degrade o descalifique a una candidata basándose en estereotipos de género que reproduzcan relaciones de dominación, desigualdad o discriminación contra las mujeres, y difame, calumnie o realice cualquier expresión que denigre o descalifique a las mujeres en ejercicio de sus funciones políticas.

    Entre otras de las conductas se encuentran,  el divulgar imágenes, mensajes o información privada de una mujer candidata o en funciones, por cualquier medio físico o virtual, con el propósito de desacreditarla, difamarla, denigrarla y poner en entredicho su capacidad para la política.

    A partir de esta modificación, tanto el Tribunal Estatal Electoral como el Instituto Estatal Electoral podrán solicitar a las autoridades competentes el otorgamiento de medidas de protección en beneficio de las víctimas.

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