Aprueba Comisión de Justicia reformas para endurecer sanciones por manejo indebido de cadáveres

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El proyecto de dictamen plantea modificar el Código Penal y la Ley Estatal de Salud para fortalecer la protección de personas fallecidas y regular la operación de funerarias y crematorios.

Chihuahua (ADN/Staff) – La Comisión de Justicia del Congreso del Estado aprobó un proyecto de dictamen que propone endurecer las sanciones por la retención de cadáveres en condiciones inadecuadas, el tratamiento indigno de personas fallecidas y reforzar la regulación de funerarias, crematorios y panteones en Chihuahua.

El dictamen, que será sometido a consideración del Pleno en una próxima sesión, integra tres iniciativas presentadas por legisladores del PAN, Morena y Movimiento Ciudadano, enfocadas en modificar el Código Penal del Estado y la Ley Estatal de Salud.

“La pena de prisión aumentará hasta en una mitad cuando se tenga retenido el cadáver en condiciones inadecuadas para su conservación o que sean degradantes o vejatorias para la persona fallecida o sus deudos”.

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Una de las reformas plantea modificar el artículo 322 del Código Penal para sancionar con seis meses a dos años de prisión, además de multas de 500 a 2 mil veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) y la suspensión para ejercer la profesión cuando, sin justificación legal, se retenga un cadáver en condiciones inadecuadas para su conservación.

Otra de las propuestas incorpora el delito de tratamiento indigno de cadáveres mediante la adición del artículo 202 Bis, estableciendo penas de cinco a diez años de prisión para quien oculte, destruya o sepulte un cadáver, feto o restos humanos sin autorización de la autoridad competente. La sanción aumentaría en una tercera parte cuando la conducta tenga fines de lucro.

El proyecto también contempla modificaciones a la Ley Estatal de Salud para fortalecer el manejo de cadáveres no identificados y supervisar la operación de crematorios y funerarias. Entre las medidas se establece que los cuerpos sin identificar no podrán enviarse a la fosa común antes de transcurridos 30 días naturales, salvo autorización expresa de la autoridad competente.

“La Secretaría de Salud deberá realizar mensualmente la revisión a panteones, cementerios y crematorios para verificar el cumplimiento de las obligaciones establecidas”.

Asimismo, las funerarias que ofrezcan servicios de cremación deberán contar con un crematorio propio o celebrar convenios con terceros que establezcan responsabilidad solidaria por cualquier afectación derivada del servicio. Además, la Secretaría de Salud deberá realizar inspecciones mensuales a panteones, cementerios y crematorios para verificar el cumplimiento de la legislación vigente.

Durante la reunión, la Comisión de Justicia también aprobó el proyecto de dictamen de la denominada “Ley David”, que propone sancionar a quien altere, modifique, destruya o retire los elementos de identificación de ganado o animales domésticos. La sesión fue encabezada por el diputado Francisco Sánchez, con la participación de las diputadas Irlanda Márquez, Xóchitl Contreras y Jael Argüelles, así como del diputado Pedro Torres.

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