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    mayo 15, 2024 | 4:12

    Mantienen restricción de horario en venta de alcohol durante agosto y septiembre

    Publicado el

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    Acuerdo publicado este día en el Periódico Oficial del Estado establece que se seguirá con el horario de 9:00 a 18:00 horas en todo el estado; la medida podrá ser adicionada o modificada según la evolución de la contingencia.

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    Chihuahua, Chih. – La Secretaría General de Gobierno informó que con el fin de continuar con las medidas preventivas ante la pandemia de COVID-19, la restricción en el horario para la venta de bebidas alcohólicas en envase cerrado, se mantendrá de 9:00 a 18:00 horas durante agosto y septiembre en todo el territorio estatal.

    Eso quedó establecido en un Acuerdo firmado por la Secretaría General de Gobierno y fue publicado este día sábado en el Periódico Oficial del Estado (POE) de Chihuahua.

    Con esta determinación se pretende inhibir la presencia de personas en las calles y su concentración en establecimientos donde se venden bebidas alcohólicas, en atención a las recomendaciones de las autoridades de Salud.

    El documento establece que el horario de venta de bebidas alcohólicas, aplicable para todos los establecimientos será de 9:00 a 18:00 horas, de lunes a domingo.

    La medida aplica para establecimientos que ofertan bebidas embriagantes en envase cerrado, como supermercados, depósitos, licorerías, microcervecerías, tiendas de abarrotes, vinaterías, tiendas de conveniencia y sotolerías, según lo definen los artículos 41 y 44 de la Ley de Alcoholes del Estado.

    El cumplimiento a las disposiciones contenidas en el Acuerdo publicado en el POE, será vigilado por las autoridades municipales en el ámbito de su competencia, y por la Secretaría General de Gobierno en todo el territorio estatal.

    El incumplimiento de estas normas será sancionado con la clausura temporal o definitiva del establecimiento, la revocación de la licencia o permiso correspondiente, y demás sanciones aplicables en términos de lo establecido en el Capítulo VI de la referida Ley.

    Esta medida permanecerá vigente del 1 de agosto al 30 de septiembre de 2020, y podrá ser adicionada o modificada según la evolución de la contingencia por COVID-19, al privilegiar en todo momento el bienestar de la población, el orden y la seguridad.

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