La Corte eliminó disposiciones sobre intervención del crimen organizado y obligó al Congreso local a armonizar la legislación antes del proceso electoral.
Ciudad de México (ADN/Staff) – La Suprema Corte de Justicia de la Nación invalidó parcialmente la reforma electoral aprobada en Chihuahua y ordenó al Congreso del Estado incorporar expresamente la nulidad de elecciones por actos de intervención o injerencia extranjera que influyan en los resultados electorales.
El asunto corresponde a las acciones de inconstitucionalidad 96/2026 y sus acumuladas 97/2026, 99/2026 y 103/2026, promovidas contra modificaciones a la Constitución de Chihuahua, la Ley Electoral estatal y el Código Municipal. Entre los promoventes se encuentran legisladores locales, Morena y la Comisión Estatal de los Derechos Humanos.
La resolución elimina disposiciones locales relacionadas con la posibilidad de sancionar o invalidar procesos electorales por determinados actos vinculados con grupos criminales, además de retirar infracciones previstas para candidaturas o partidos que fueran considerados beneficiarios de este tipo de conductas.
La discusión ocurre después de que la gobernadora Maru Campos pidió públicamente a la Corte mantener vigente la reforma impulsada en Chihuahua para combatir la intervención del crimen organizado en procesos electorales. La mandataria presentó esas disposiciones como un mecanismo para proteger las elecciones frente a grupos delictivos.
El Pleno también determinó que el Congreso de Chihuahua debe armonizar su legislación con la reforma al artículo 41 de la Constitución federal que incorporó como causal de nulidad electoral la intervención o injerencia extranjera, modificación federal publicada durante 2026.
La reforma constitucional federal establece la posibilidad de invalidar elecciones cuando se acrediten actos de intervención extranjera que hayan influido en los resultados. El proyecto discutido por la Corte identificó una omisión del Congreso de Chihuahua al no incorporar esa causal en su legislación electoral.
La determinación representa un revés parcial para el paquete de reformas aprobado por el Congreso estatal, aunque el alcance preciso de cada disposición invalidada deberá revisarse en la versión definitiva de la sentencia y sus efectos una vez que sean publicados oficialmente por la Suprema Corte.
Otro de los puntos abordados corresponde a las facultades interpretativas de las autoridades electorales locales. La reforma estatal había establecido restricciones a esa capacidad, cuestión que también formó parte de los planteamientos analizados por el máximo tribunal.
Las modificaciones fueron aprobadas por el Congreso de Chihuahua en junio de 2026 y publicadas el 30 de ese mes. Desde entonces generaron una controversia política entre el Gobierno estatal, legisladores de Morena y otros actores sobre el alcance constitucional de las medidas dirigidas a impedir la intervención criminal en los comicios.
El Congreso local deberá ahora ajustar el marco electoral conforme a lo resuelto por la Corte, particularmente en lo relacionado con la causal de nulidad por injerencia extranjera, antes de que avance el proceso electoral de Chihuahua rumbo a 2027.

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