El Gobierno Municipal sostuvo que el amparo negó la mayoría de los actos reclamados y solo condicionó un permiso ambiental.
Chihuahua, Chih. (ADN/Staff) – El Gobierno Municipal de Chihuahua señaló que el regidor de Morena, Hugo González, presentó de manera parcial la sentencia relacionada con el proyecto del relleno sanitario de Mápula, al afirmar que el fallo representa una derrota total para el Municipio.
De acuerdo con la postura municipal, la resolución del Juzgado Primero de Distrito contiene tres puntos resolutivos, de los cuales en dos se negó el amparo a los quejosos respecto de diversos actos reclamados vinculados con la actuación municipal, mientras que en uno se concedió la protección federal de forma condicionada sobre un tema ambiental específico.
El Municipio sostuvo que la sentencia no anuló el proyecto ni declaró ilegal el predio, los permisos municipales, la autorización de cambio de uso de suelo, la compra del terreno ni la licitación de la obra. Por ello, afirmó que el fallo debe interpretarse como una resolución mixta y no como una cancelación definitiva.
“La Justicia de la Unión no ampara ni protege a las personas quejosas respecto de los actos reclamados consistentes en la resolución federal, la autorización de cambio de uso de suelo, los actos de selección del sitio, la constancia de zonificación, la licencia de uso de suelo, el dictamen de factibilidad, el expediente administrativo, el acuerdo de cabildo y la convocatoria y licitación DOPM-18-2023”, señala el resolutivo citado por el Municipio.
La administración municipal indicó que el amparo concedido corresponde únicamente a la resolución de impacto ambiental, la cual no fue anulada, sino sujeta al cumplimiento de condiciones técnicas adicionales antes del inicio de operaciones del relleno sanitario.
Entre esas condiciones se encuentran la instalación de una doble barrera de impermeabilización o una medida equivalente de redundancia, un dictamen favorable de una unidad de inspección acreditada, una red de pozos de monitoreo del agua subterránea y la realización de una reunión pública de información con la ciudadanía.
El Municipio también sostuvo que la sentencia descartó que el predio se ubique en una zona prohibida, una planicie aluvial, una zona de recarga funcional del acuífero o sobre fallas geológicas. Según la postura municipal, el juzgado valoró peritajes presentados tanto a favor como en contra del proyecto antes de resolver sobre la viabilidad legal del sitio.
“La Justicia de la Unión ampara y protege a las personas quejosas respecto de la resolución de impacto ambiental, para los efectos del considerando décimo”, establece el otro resolutivo citado.
La administración municipal afirmó que la suspensión señalada en la sentencia se refiere al inicio de operaciones y no a una prohibición definitiva para construir o continuar el proceso administrativo del proyecto. También expuso que las medidas ordenadas corresponden a una etapa previa a la operación y serán atendidas en coordinación institucional.
El posicionamiento municipal cuestionó que González afirmara que el Municipio no puede construir el relleno sanitario, al considerar que esa interpretación omite que la propia sentencia contempla la posibilidad de levantar la suspensión una vez cumplidos los requisitos técnicos y de participación ciudadana establecidos por el juzgado.
El Gobierno Municipal reiteró que, desde su interpretación, el fallo mantiene vigentes los elementos centrales del proyecto y únicamente exige reforzar condiciones ambientales antes de su operación, por lo que calificó como incorrecta la versión de que la sentencia representa una derrota total para la administración local.
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