El fallo marca un precedente al reconocer la declaración de un niño de dos años como prueba clave en un caso de abuso infantil.
Chihuahua, Chih. (ADN/Staff) – Tras un cuarto proceso judicial, el juez Christian Jonathan Gasca Núñez dictó una sentencia condenatoria contra Naomy Yamile R. P. por el delito de abuso sexual agravado en perjuicio de un niño de apenas dos años de edad, hechos ocurridos en la guardería “Techo Comunitario” de Ciudad Juárez. Esta resolución representa el primer fallo condenatorio en los juicios orales seguidos contra la imputada, luego de tres procesos previos que concluyeron con sentencias absolutorias.
De acuerdo con información oficial, la agresión ocurrió en dos fechas distintas: el 22 de septiembre de 2022 y el 7 de julio de 2023, mientras la víctima se encontraba bajo cuidado en la mencionada estancia infantil. Durante el juicio oral, iniciado en noviembre de 2025, el menor identificó directamente a la “maeta Naomi” como la responsable de hacerle un “coco” o daño, una expresión infantil que resultó clave en la interpretación del abuso.
El juez valoró como central el testimonio del menor, respaldado por peritajes psicológicos y pruebas presentadas por la Fiscalía Especializada en Atención a Mujeres (FEM), entre ellas grabaciones de la guardería, dictámenes criminológicos y la declaración de la madre del niño. Al emitir su fallo el 2 de diciembre, Gasca Núñez subrayó que, en delitos de naturaleza sexual y de realización oculta, el testimonio de la víctima, incluso si es menor de edad, debe ser considerado con un peso probatorio significativo si se encuentra debidamente contextualizado y corroborado.
El 9 de diciembre se realizó la audiencia de individualización de sanciones, donde se impuso a Naomy Yamile una pena de cinco años de prisión, que deberá purgar en el Centro de Reinserción Social Femenil Número 2 de Ciudad Juárez. Además, se le impuso una multa de 333 días de salario mínimo, equivalente a unos 37 mil pesos, y se le ordenó cubrir los costos médicos y psicológicos de la víctima, estimados en al menos 84 mil pesos por 70 sesiones de terapia, además de una compensación por daño moral que aún está en proceso de cuantificación.
Cabe señalar que Naomy Yamile ha estado privada de su libertad desde julio de 2023, fecha en la que fue detenida y vinculada a proceso por estos hechos. Con la sentencia dictada, continuará en prisión, sin derecho a libertad inmediata, al menos mientras no se resuelva un eventual recurso de apelación.
La defensa legal de la imputada, conformada por un equipo de abogados vinculados al “Proyecto Inocencia” de la Asociación de Abogados Penalistas —entre ellos Héctor Moctezuma, Mario Espinoza Simental y Jesús Antonio González Sariñana— aún no ha presentado una apelación formal, aunque se prevé que podría hacerlo en los próximos días. No obstante, cualquier recurso no suspende la ejecución de la pena, por lo que la acusada debe continuar cumpliendo su condena.
La diputada María Antonieta Pérez Reyes, quien ha dado seguimiento al caso, señaló que el fallo representa un precedente relevante en la protección de la infancia y reconoció la valentía del juez al dar valor probatorio al testimonio del menor. “Este caso demuestra que la voz de un niño también puede ser escuchada y tomada en cuenta en los procesos judiciales, especialmente en delitos tan delicados como el abuso sexual infantil”, expresó.
Este caso ha generado atención pública no solo por la gravedad de los hechos, sino por el debate legal en torno al valor del testimonio infantil y el manejo de pruebas en delitos sexuales cometidos en espacios institucionales de cuidado. La resolución sienta un precedente en la justicia local sobre cómo deben abordarse los casos de abuso infantil, especialmente en contextos de difícil comprobación directa.

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